ESTANDARES PARA LA ACREDITACION DE LAS CARRERAS DE LICENCIATURA EN GEOLOGIA Y LICENCIATURA EN CIENCIAS GEOLOGICAS
Para la fijación de los estándares que se proponen en el presente anexo se tomaron como ejes
rectores el resguardo de la autonomía universitaria, a cuyo fin se le dio carácter indicativo no invasivo,
y el reconocimiento de que las carreras a las que se aplicarán se enmarcan en el contexto de las
instituciones universitarias a las que pertenecen, careciendo de existencia autónoma.
Tales criterios generales deberían ser respetados tanto en la aplicación como en la interpretación
de los estándares que a continuación se consignan:
1. Contexto Institucional
1.1 La carrera debe desarrollarse en un contexto universitario (un ambiente de creación intelectual
que instrumenta1 docencia, 2investigación, extensión y difusión del conocimiento).
1 DOCENCIA: Función sustantiva de las instituciones de educación superior, mediante la cual se transmiten conocimientos, se desarrollan capacidades y habilidades, se fomentan aptitudes y se imponen métodos y hábitos de trabajo, investigación y estudio. La docencia se imparte en el marco de un plan de estudios y un diseño curricular.
2 INVESTIGACION: Función sustantiva de la educación superior orientada a la creación de nuevos conocimientos y/o la profundización o demostración de los existentes. También la investigación tiene a su cargo la formación en investigación de alumnos y docentes y la creación o perfeccionamiento de métodos y procesos de
investigación racional y científica.
1.2 La carrera debe contar con garantías de financiamiento institucional (presupuesto, donaciones,
convenios institucionales) para el cumplimiento de la misión, metas y objetivos institucionales.
1.3 La misión institucional, los objetivos de la carrera, el funcionamiento y su reglamentación, el
perfil profesional propuesto y el plan de estudio deben estar explícitamente definidos y deben ser de
conocimiento público.
1.4 La institución debe definir y desarrollar políticas institucionales en los siguientes campos:
a) Investigación científica básica y aplicada.
b) Actualización y perfeccionamiento del personal docente y de apoyo, que comprenderá la capacitación
en el área científica o profesional específica y los aspectos pedagógicos, como así también
el desarrollo de una adecuada formación interdisciplinaria.
c) Extensión, cooperación interinstitucional, difusión de los conocimientos producidos y vinculación
con el medio.
1.5 La carrera debe contar con un soporte institucional adecuado (organización, conducción
académica y administrativa3), (3 FUNCIONAMIENTO ACADEMICO-ADMINISTRATIVO: Personal docente que tiene asignadas tareas de conducción, gestión y administración de la carrera), así como con instancias institucionalizadas responsables del diseño y seguimiento de la implementación del plan de estudio y su revisión periódica. Las funciones deben estar claramente identificadas y distribuidas.
1.6 La institución debe promover la vinculación de la carrera con empresas, asociaciones profesionales
y otras entidades vinculadas con la profesión, estableciendo convenios para la investigación,
transferencia tecnológica, pasantías y prácticas como forma de integración al medio socio productivo.
1.7 Los sistemas de registros y procesamiento de información y los canales de comunicación
deben ser seguros, confiables, eficientes y actualizados.
1.8 Debe asegurarse el resguardo de las actas de examen.
2. Plan de Estudios y formación
2.1 El plan de estudio debe preparar para la práctica profesional de la Geología y tener un perfil
profesional generalista respetando la diversidad o diferenciación específica que pueda surgir en función
de los requerimientos de cada provincia y/o región.
2.2 Los objetivos de la carrera, perfil profesional4, (4PERFIL DEL GRADUADO: Conjunto de características que se esperan del estudiante que egresa de una carrera universitaria, en cuanto a conocimientos, capacidades y logros formativos obtenidos), plan de estudio y propuesta pedagógica deben estar claramente definidos y ser coherentes entre sí.
2.3 Debe existir correspondencia entre la formación brindada y sus alcances.
2.4 El plan de estudios debe especificar los ciclos, áreas, asignaturas, módulos u otras denominaciones
que sirvan de base para su organización, constituyendo una estructura integrada y con
coherencia pedagógica, disciplinar y epistemológica.
2.5 El plan de estudios de la carrera debe cumplir con los contenidos curriculares básicos y con
una carga horaria mínima de 3200 horas, que contempla la formación práctica.
2.6 El plan de estudios debe incluir como mínimo 750 horas de formación práctica de duración y
calidad equivalente para todos los alumnos, de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo III.
2.7 El plan de estudios debe presentar adecuada articulación horizontal y vertical de los contenidos.
2.8 La organización del plan de estudios debe presentar mecanismos de participación e integración
de docentes en experiencias educacionales comunes.
2.9 Los programas de las asignaturas deben explicitar los objetivos que se pretenden alcanzar
tomando como referencia los objetivos y alcances del título. Además debe incluir una fundamentación
en la que se explicitará el enfoque metodológico, epistemológico que sustentan tanto los objetivos
como los contenidos. Estos últimos se describirán analíticamente desagregando las actividades
teóricas y prácticas, carga horaria, bibliografía, formas de evaluación, régimen de regularización y
promoción.
2.10 La organización o estructura del plan de estudios debe tener en cuenta los requisitos previos
de cada área, asignatura o módulo, mediante un esquema de correlatividades definido por la
complejidad creciente de los contenidos de las asignaturas y su relación con las competencias a
formar.
2.11 El plan de estudios debe incluir formación experimental de laboratorio, gabinete y campo,
que capacite al estudiante en el área curricular a la que se refiera el programa. La instrucción referida
a los procedimientos de seguridad debe ser una parte indispensable del plan de estudios. Los contenidos
y metologías de la enseñanza adoptados deben ser coherentes con el perfil profesional. Deben
ser actualizados y evaluados periódicamente.
2.12 El plan de estudios debe incluir actividades de proyecto y diseño, contemplando una experiencia
significativa en aquellos campos que requieran la aplicación integrada de conceptos fundamentales
de ciencias básicas y aplicadas, economía y gerenciamiento, conocimientos relativos al
impacto social. Así como también las habilidades que estimulen la capacidad de análisis, de síntesis
y el espíritu crítico del estudiante, que despierten tanto su vocación creativa como su responsabilidad
social y además, que exista un entrenamiento para el trabajo en equipo y la valoración de alternativas.
2.13 El plan de estudios debe incluir contenidos de ciencias sociales y humanidades orientados
a formar geólogos conscientes de sus responsabilidades éticas y sociales.
2.14 La evaluación de los alumnos debe ser congruente con los objetivos y metodología de enseñanza
previamente establecidos. Las evaluaciones constituyen una instancia particular de aprendizaje
y deben considerar los aspectos cognoscitivos, actitudinales, el desarrollo de la capacidad de análisis,
destrezas y habilidades para seleccionar y procesar información y resolver problemas reales.
2.15 Debe anticiparse a los estudiantes el método de evaluación y se debe asegurar el acceso
a los resultados de sus evaluaciones como complemento de la enseñanza. La evaluación no es una
actividad extracurso, su frecuencia, cantidad y distribución debe estar prevista dentro de la carga
horaria asignada a cada curso.
3. Cuerpo Académico5
3.1 La carrera debe contar con un cuerpo docente, en número y composición adecuados, con
dedicación6 suficiente que garantice las actividades de docencia, investigación y extensión. Deberán
existir políticas institucionales que progresivamente promuevan en los profesores la actualización y la
formación de postgrado y la participación en investigación o actividades profesionales para transmitir
a los estudiantes las experiencias adquiridas.
5 PERSONAL DOCENTE O ACADEMICO: Personal que desempeña prioritariamente las funciones de docencia, abordando también, y en una interrelación armónica, las actividades de investigación, extensión y transferencia del conocimiento.
6 DEDICACION: Estándares de carga horaria que los docentes e investigadores tienen asignada a sus tareas en una institución educativa.
3.2 La trayectoria y formación en docencia, investigación y extensión de los miembros del cuerpo
docente debe ser pertinente a las funciones que deben desempeñar y debe estar acreditada por las
instancias pertinentes.
3.3 Los docentes deben poseer título universitario de igual o superior nivel al de la carrera, salvo
excepciones cuando se acrediten méritos sobresalientes.
3.4 Acorde a su dedicación, los docentes deben procurar un adecuado equilibrio entre su participación
en docencia de grado y posgrado, en proyectos de investigación, de extensión, etc. y la
participación y compromiso con la vida institucional a través de su participación activa en comisiones,
gobierno, etc.
3.5 Se debe contar con un registro actualizado de los antecedentes académicos7 y profesionales
del personal docente, de carácter público, que permita evaluar el nivel del cuerpo docente.
7 ANTECEDENTES ACADEMICOS: Actividades protocolizadas desarrolladas por un docente a fin de capacitar,
actualizar, promover, o mejorar la formación académica de los docentes de la carrera.
3.6 El ingreso y la permanencia en la docencia deben regirse por mecanismos que garanticen la
idoneidad del cuerpo académico y que sean de conocimiento público.
3.7 Los docentes deben ser evaluados periódicamente, recibir los resultados de todas las evaluaciones
y formular planes de acción correctiva en los casos que fueren necesarios.
3.8 Deberán existir políticas institucionales que fijen mecanismos de promoción del cuerpo académico.
3.9 El personal docente auxiliar debe ser apropiado en cantidad y competencia para satisfacer
los requerimientos de cada una de las asignaturas de la carrera.
4. Estudiantes8 y graduados
4.1 La institución debe tener en cuenta su capacidad educativa en materia de recursos humanos
y físicos, de modo de garantizar a los estudiantes una formación de calidad9.
4.2 Los requisitos de admisión de los estudiantes10 deben ser explícitos y conocidos por los postulantes,
de manera de asegurar la no-discriminación.
8 ESTUDIANTE: Sujeto de aprendizaje. Es el actor principal en el proceso educativo, del que se espera una actitud participativa, crítica y responsable, orientada a su formación integral en la educación superior. La institución norma el ingreso, egreso y régimen de la condición de alumno, y las categorías de éstos que reconoce.
9 CALIDAD: Nivel de satisfacción de aproximación a las metas, alcanzado por un proceso educativo y una institución, expresado en la medición de los aspectos específicos del proceso de aprendizaje, como los institucionales o sistémicos. También se obtiene a partir de la valoración de los logros en términos de productos sociales tales como: socialización en términos de valores, actitudes, correspondencia con el mundo del trabajo, etc.
Así la calidad se puede sintetizar como la suma de:
• Eficiencia del proceso y la organización
• Pertinencia social del producto educativo.
• Valor cultural, científico y social de los logros propuestos y obtenidos.
10 PERFIL DEL ESTUDIANTE: Conjunto de competencias que deben demostrar quienes deseen ingresar a la educación superior.
4.3 Deben existir mecanismos de seguimiento y de diseño de estrategias, que aseguren un normal
desempeño de los estudiantes a lo largo de su proceso de formación.
4.4 Deben existir mecanismos de resguardo de la información relacionada con exámenes, trabajos
prácticos, informes sobre experiencias de laboratorio, talleres, seminarios, campo y trabajos de
integración, que permitan evaluar la calidad del trabajo de los estudiantes.
4.5 Se prevé el desarrollo de una oferta académica para la formación continua orientada a la
capacitación y actualización de los graduados.
4.6 Deben explicitarse los mecanismos para mejorar la retención de los estudiantes y para realizar
diagnósticos sobre rendimiento, retraso y egreso, a fin de adoptar medidas correctivas basadas
en dichos diagnósticos.
4.7 Los estudiantes deberán tener acceso a mecanismos o instancias de seguimiento y apoyo académico que les faciliten la permanencia y adecuado rendimiento en la carrera, la construcción del conocimiento y el desarrollo de la personalidad tales como tutorías, asesorías y orientación profesional en cantidad suficiente, de buen nivel y calidad.
4.8 La carrera deberá contar con medios que estimulen el desarrollo de las potencialidades de los estudiantes. Con el objetivo de integrarlo paulatinamente al medio en el que se desempeñará como profesional. Debe estimularse el estudiante a realizar actividades de iniciación en la investigación y extensión y fomentar en él una actitud proclive a la formación continua.
4.9 Se deben propiciar la vinculación y la participación de los graduados en la institución.
5. Personal de apoyo11
11 PERSONAL DE APOYO: Se denomina personal de apoyo a todo aquel personal técnico-administrativo (no docente) que contribuye con el desarrollo de la carrera.
5.1 La Institución debe contar con personal de apoyo para atender las necesidades administrativas,
tecnológicas y pedagógicas de la carrera.
5.2 La Institución debe contar con un sistema reglamentado de ingreso y promoción del personal
de apoyo.
5.3 La Institución debe contar con mecanismos de capacitación continua del personal de apoyo
en su área de trabajo específico.
6. Recursos presupuestarios
6.1 La institución y la unidad académica donde se desarrolla la carrera debe tener una asignación
presupuestaria definida que le permita cumplir sus fines y objetivos.
6.2 La carrera debe contar con un plan estratégico de desarrollo explícito que incluya metas a
corto, mediano y largo plazo, atendiendo al mejoramiento de la calidad educativa.
6.3 Deben existir mecanismos de planificación administrativa y financiera, con programas de asignación de recursos que privilegien la asignación de fondos adecuados y suficientes para el desarrollo de las actividades académicas. Dadas las características particulares de la carrera de geología, debe asegurarse el presupuesto y financiamiento necesario para el normal desarrollo de los trabajos prácticos de campo sin perjuicio de las otras áreas.
7. Infraestructura y Equipamiento
7.1 La infraestructura de la institución debe ser adecuada a la cantidad de estudiantes, docentes
y personal administrativo y técnico, conteniendo los espacios físicos (aulas, talleres, administración,
biblioteca, entre otros) los medios y el equipamiento necesarios para el desarrollo de las distintas
actividades de enseñanza.
7.2 El acceso y uso de los espacios debe estar garantizado por la propiedad o por convenios
formalmente suscritos.
7.3 La unidad académica debe contar con aulas y laboratorios suficientes en cantidad, capacidad
y disponibilidad horaria para el desarrollo de las clases, en relación al número de alumnos.
7.4 Las características y cantidad del equipamiento didáctico de las aulas deben ser pertinentes
y acordes con las metodologías de enseñanza.
7.5 La carrera debe poseer bibliotecas y/o centros de información actualizados, que dispongan
de un acervo bibliográfico pertinente, variado y amplio o acceder al mismo a través de convenios
interbibliotecarios. La institución deberá contar con equipamiento informático y acceso a redes de
bases de datos.
7.6 La biblioteca y/o el centro de información debe contar con personal suficiente y calificado
para su dirección y administración. El servicio a los usuarios y el horario de atención debe ser amplio
y contarse con un registro actualizado de los servicios de préstamo y número de usuarios.
8. Laboratorios, campo y otras instalaciones requeridas por el plan de estudios.
8.1 Los laboratorios deben ser coherentes con las exigencias y objetivos del plan de estudio.
Deben existir normas y elementos de protección en la relación a la exposición a riesgos físicos y
químicos.
8.2 La carrera debe disponer de equipamiento informático y didáctico actualizado y en buen
estado de funcionamiento, acorde con las necesidades de la carrera y el número de estudiantes a
atender.
8.3 En concordancia con el estándar 6.3, la carrera debe tener acceso a vehículos adecuados
y suficientes, propios o por convenios para el desarrollo de los trabajos prácticos de campo propios
del plan de estudio.
8.4 La carrera debe contar con equipo de campamento de uso general y el instrumental suficientes
para atender los requerimientos de las salidas de campo.